UGT Informa: ORGANISMOS PÚBLICOS RELACIONADOS CON LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO DE ÁMBITO AUTONÓMICO
El Art 7.1 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales establece que las Administraciones públicas competentes en materia laboral desarrollarán funciones de promoción de la prevención, asesoramiento técnico, vigilancia y control del cumplimiento por los sujetos comprendidos en su ámbito de aplicación de la normativa de prevención de riesgos laborales, y sancionarán las infracciones.