Nueva instrucción reconocimiento de sexenios para el personal docente
La novedad de estas instrucciones reside en una vez cumplidos los requisitos, el devengo económico se produce desde la fecha de la solicitud de su reconocimiento.
Esta es la razón por la que la Orden de 28 de marzo de 2005 establece expresamente que los efectos económicos del complemento solo se producen una vez que, cumpliendo los requisitos exigidos se hubiere solicitado su reconocimiento por parte del interesado, con aportación de la documentación acreditativa de la realización de las específicas actividades formativas que dan derecho a su percepción.
A continuación el documento completo: