Empleo

Aprobado el acuerdo de Reforma Laboral


UGT celebra que haya triunfado el sentido común y se haya aprobado, en el Congreso de los Diputados, el acuerdo de reforma laboral.

Fuente: UGT.es

La nueva reforma laboral recupera el equilibrio de las relaciones laborales, al fortalecer la negociación colectiva.

Así, se recupera la ultraactividad de los convenios y la prevalencia del convenio sectorial sobre el convenio de empresa. Combate la precariedad y temporalidad de nuestro mercado de trabajo, apostando por el empleo fijo y estable, persigue a las subcontratas, que han hecho negocio en base al deterioro de las condiciones laborales; fomenta la inserción de los jóvenes en el mercado de trabajo, a través de los contratos formativos y apuesta por la flexibilidad interna impulsando los ERTES, tipo Covid, frente a los despidos.

El contenido de este acuerdo, que ha conllevado una negociación larga y muy compleja, obedece a los parámetros exigidos por la Comisión Europea al Gobierno español como condición para conseguir los fondos europeos para la modernización de nuestro mercado de trabajo.

Desde UGT, lamentamos que el acuerdo no haya sido apoyado y respaldado por la totalidad de la Cámara, ya que supone un beneficio para nuestro país. Con esta reforma laboral ganan los empresarios, ganan los trabajadores, gana la economía y gana España. 

Ahora toca el despido

No obstante, UGT señala que este acuerdo es un punto y seguido y que hay que continuar luchando hasta conseguir un mercado laboral más justo, seguro, productivo y moderno. En este sentido, insta a endurecer los despidos: limitando sus causas y elevando las indemnizaciones, porque hoy se puede despedir por cualquier motivo, a precio de saldo. 

El sindicato pide al Gobierno que sea valiente y acometa esta segunda parte de la reforma laboral y a las fuerzas parlamentarias progresistas que empujen en esta dirección hasta corregir la desregulación total provocada por la reforma laboral de 2012 impuesta por el Partido Popular. 

Asimismo, el sindicato demanda, entre otras cuestiones, una reforma de las políticas activas de empleo para que sean más eficaces y se logre acabar con el paro de larga y muy larga duración, e inyectar los recursos materiales y humanos necesarios a la Inspección de Trabajo para que haga cumplir la actual normativa. Una normativa evaluable cada cierto tiempo, tal y como contempla el acuerdo, para medir su grado de eficacia y mejorar los aspectos que sean necesarios.

Claves de la nueva Reforma Laboral

1. Adiós al contrato de obra

Una de las novedades de la reforma es que se elimina una modalidad de contratación temporal que, según el Gobierno, es la que concentra el mayor fraude. Los contratos por obra y servicio actuales podrán seguir vigentes un máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la reforma laboral. En el sector de la construcción, una vez finalizada una obra, la empresa debe ofrecer una propuesta de recolocación al trabajador, que en caso de ser rechazada o no poder producirse llevará a la extinción del convenio con una indemnización del 7% calculada sobre los conceptos salariales.

2. Revisión de los ERTE

En materia de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), para aquellos que sean por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) se fijan exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social del 20% condicionadas a la realización de acciones formativas. Los ERTE de fuerza mayor añaden como causa específica (ya aplicada en la pandemia) el impedimento o las limitaciones a la actividad por decisiones de la autoridad gubernativa, tienen exoneraciones del 90% y la reducción de jornada puede ser de entre un 10 y un 70%.

3. Formación laboral

Apenas usados hasta ahora, la legislación reformula el modelo del contrato formativo.
Cuenta con dos modalidades: formación en alternancia y obtención de la práctica profesional. El primero está pensado para que los jóvenes lo puedan compaginar con los estudios. 
Queda limitado hasta la edad de los 30 y a una duración máxima de dos años, con jornada no superior al 65% el primer año y 85% el segundo, además de una retribución adaptada al convenio que no podrá bajar de 60% el primer año y del 75% el segundo.

4. Medio año

El contrato temporal por circunstancias de la producción para situaciones imprevisibles o por un desajuste temporal de empleo se limitará gracias a la ley, por lo que no podrá llegar a tener una duración que supere el medio año, con la posibilidad de ser ampliado a otros seis meses. 
Y en el caso de situaciones previsibles y delimitadas podrá utilizarse durante un período total de 90 días, aunque nunca de manera continuada.

5. Regularizar la actividad estacional

Una de las fórmulas impulsadas con fuerza para sustituir a los puestos hasta ahora temporales es el contrato fijo discontinuo, que se establece para todos aquellos trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada, con periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados. A efectos de antigüedad, se tendrá en cuenta toda la duración de la relación laboral y no el tiempo de servicios efectivamente prestado.

6. Indefinidos a los 18 meses trabajados

Con la nueva reforma, el Gobierno de coalición ha conseguido sacar adelante un plan con el que busca poner más límite a las empresas a la hora de encadenar contratos temporales. A partir de ahora, serán convertidos en indefinidos los temporales fraudulentos y todas aquellas personas que acumulen 18 meses de trabajo en un plazo de dos años, en el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma compañía o grupo de empresas.

7. Futuras crisis

Además, se crea el Mecanismo Red, una herramienta que actuará como colchón para futuras crisis económicas y sectoriales. En concreto, las empresas podrán poner en marcha los ERTE asociados a este mecanismo, previa activación por el Consejo de Ministros, por un máximo de un año y con exoneraciones decrecientes del 60% al 20%, o en caso de reestructuración sectorial por seis meses prorrogables a un año y con exoneraciones del 40%. 

8. Más multas

Gracias al proyecto, aumentan las multas y se impondrán por cada uno de los trabajadores que estén indebidamente contratados. En concreto, las infracciones por uso incorrecto de contratos temporales se aplicarán por cada empleado afectado, en lugar de por empresa, y se elevan de 8.000 a 10.000 euros en su grado máximo.

9. Devaluación salarial

Una de las principales novedades que introduce la recién aprobada reforma laboral es que el convenio de empresa dejará de tener prioridad en materia salarial, con el fin de evitar las prácticas de devaluación salarial.
Además, se recupera la ultraactividad indefinida de los convenios colectivos (vigencia una vez caducado).

10. Penalización por cada convenio inferior a un mes

Según la nueva ley, los contratos temporales que sean inferiores a los 30 días tendrán una cotización a la Seguridad Social adicional de 26 euros cada vez que se den de baja en aras de desincentivar el uso de los de muy corta duración.

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