AGE

UGT informa: Incapacidad permanente y segunda actividad en la Policía Local


Desde el sindicato apostamos por la aplicación de la legislación específica que tienen los/as funcionarios/as de policía local en esta materia, como es la segunda actividad

Cuando a un/a policía local, le sobreviene una incapacidad, originada en una enfermedad física o psíquica común, por cualquier contingencia, el Ayuntamiento, en el momento que el INSS reconoce una incapacidad permanente total, procede de forma ilegal a jubilar forzosamente al funcionario por el artículo 67 del TREBEP.

Descárgate aquí un informe sobre esta situación, donde encontraras legislación y jurisprudencia de casos reales que os pueden servir en vuestra labor diaria sindical.

En estos enlaces puedes descargar las sentencias del informe:

Sentencia 1      Sentencia 2      Sentencia 3      Sentencia 4

FeSP UGT Andalucía

 

AGE
Nos concentramos por los trabajadores y trabajadoras de la Inspección de Trabajo
AGE
UGT te indica como comprobar el nuevo encuadramiento del personal laboral de IV Convenio Único de la AGE.
AGE
Delegado de FeSP UGt denuncia que abren un juzgado en Málaga en un sótano sin ventanas con 12 funcionarios en plena pandemia