¿Eres afiliado/a de FeSP UGT Málaga?


Afiliarte a la Federación de Empleadas y Empleados de los Servicios Públicos no solo te garantiza derechos sino que además tendrás un sinfin de beneficios

Las ventajas de estar afiliado/a a un sindicato organizado y estructurado, como UGT, son numerosas

  • TU CUOTA SINDICAL ES DESGRAVABLE EN TU DECLARACIÓN DE HACIENDA
  • ASESORÍA JURIDICA GRATUITA PRESTADA POR FSLA (MANTENIENDOSE AL CORRIENTE EN EL ABONO DE LAS CUOTAS)
  • SEGURO GRATUITO POR FALLECIMIENTO POR ACCIDENTE LABORAL DE HASTA 18.000€
  • PÓLIZA COLECTIVA DE DEFENSA JURÍDICA Y SUBSIDIO EN CASO DE PÉRDIDA DE EMPLEO Y SUELDO COMO CONSECUENCIA DE UNA SANCIÓN ADMINISTRATIVA. 
  • RECLAMACIÓN DE DAÑOS CORPORALES (Con un límite de 4500€)
  • SEGURO DE ACCIDENTES GRATUITO EN EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD SINDICAL PARA LAS DELEGADAS Y DELEGADOS SINDICALES.
  • SEGURO DE ACCIDENTES GRATUITO DURANTE EL PROCESO ELECTORAL Y MIENTRAS DURE SU MANDATO PARA TODAS LAS CANDIDATAS Y CANDIDATOS. ES COMPATIBLE CON EL COBRO DEL CAPITAL ASEGURADO DEL SEGURO COLECTIVO DE ACCIDENTES PARA AFILIADOS.

Información y asesoramiento permanente

Gabinetes Jurídicos Especializados (abogados/as laboralistas, etc.)
Contratación, salarios, vacaciones, nóminas, jornadas, convenios colectivos, liquidaciones, finiquitos, jubilaciones, pensiones, Seguridad Social, despidos, etc.
Expedientes de regulación
Protección por desempleo
Prevención de riesgos laborales
Formación contínua adaptada a los puestos de trabajo
Formación sindical específica a los delegados/as de personal, miembros de comités y delegados/as de Salud Laboral

Otros servicios

Vacaciones, viajes y hoteles
Campamentos infantiles de verano
Ocio: residencias, tiempo libre
Establecimientos concertados
Seguro de Accidentes en caso de muerte, a partir de un año de afiliación ininterrumpida a UGT

Cuantía de las cuotas de afiliación a UGT para el año 2020

Cuota Básica Confederal
12,75 euros mensuales

La Cuota Ordinaria, cuyos tipos y cuantía establecen en su Congreso Federal las Federaciones Estatales, deben respetar un mínimo igual a la Cuota Básica Confederal.Cuota Reducida8,93 euros mensuales   La Cuota Reducida se aplicará a los afiliados cuyos ingresos anuales íntegros procedentes de rentas del trabajo o protección por desempleo sean iguales o inferiores en cómputo anual a 1,50 veces el Salario Mínimo Interprofesional.

También podrá aplicarse a determinados colectivos y situaciones específicas, cuando así lo prevean los Estatutos Federales.

Cuotas Especiales para Jubilados (tipo C)
6,38 euros mensuales   Se aplicará a las personas adscritas de la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales íntegros sean superiores a 1,50 veces el Salario Mínimo Interprofesional. Afiliados pertenecientes a los diversos sectores en que se organiza la Unión Estatal de Trabajadores por Cuenta Propia.

Cuotas Especiales para UPA y UPTA
4,46 euros mensuales (Se aplicará a sus afiliados)     Cuotas Especiales para Jubilados y Parados (tipo D)
3,83 euros mensuales
Se aplicará a las personas adscritas de la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales íntegros sean inferiores a 1,50 veces el Salario Mínimo Interprofesional y a los afiliados y afiliadas que se encuentren en situación de paro y carezcan de ingresos o prestaciones.

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