Salud laboral

UGT Informa: Principales riesgos derivados del teletrabajo


El Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo define esta actividad como "una forma de organización y/o realización del trabajo, en la cual un trabajo que podría ser realizado igualmente en los locales de la empresa se efectúa fuera de estos de forma regular" y establece que la persona empresaria, así como las personas representantes de los trabajadores y trabajadoras, podrán tener acceso al lugar donde se desarrolle el teletrabajo para verificar la correcta aplicación de las normas en materia de seguridad y salud.

 

 ACCEDE A LA FICHA

Salud laboral
FeSP UGT Informa: ACCIDENTES DE TRABAJO IN ITINERE
Mujer
Permiso por cuidado de hijo menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave.
Salud laboral
UGT Informa: ORGANISMOS PÚBLICOS RELACIONADOS CON LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO DE ÁMBITO AUTONÓMICO